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Entran en vigor lineamientos para etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas

sello-nutrimentalEl día de hoy entran en vigor los lineamientos para la implementar el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas. Estas nuevas directrices para el etiquetado, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el martes 15 de abril, se dan en el marco de la Estrategia Nacional para la Prevención y Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes. El objetivo de informar a los consumidores de los valores nutrimentales y contenido calórico y de azúcares es combatir el sobrepeso, la obesidad y la diabetes.


Los lineamientos publicados contemplan la obligatoriedad de que el etiquetado frontal en alimentos y bebidas no alcohólicas incluya los valores nutrimentales que el producto tiene respecto a los porcentajes diarios recomendados para determinado nutrimento. También se establecen parámetros para que un producto pueda utilizar un sello de calidad nutrimental. En estos parámetros se establecieron límites máximos de calorías totales, azúcares, grasas, grasas saturadas y sodio.

Con respecto a la publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas, se estableció que para anunciarse en horario con audiencia infantil, un producto deberá cumplir con los parámetros nutrimentales que fijó la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Se fijó que los horarios infantiles son aquellos comprendidos entre las 14:30 y las 19:30 horas de lunes a viernes y de las 7:00 a las 19:00 horas los sábados y domingos. En este sentido, también se estipuló que los productos que no cumplan con los parámetros no podrán anunciarse tampoco durante la proyección de películas clasificadas para público infantil en las salas de cine.

Los cambios en la regulación de nuestro país, relativa a etiquetado y publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas, buscan suministrar al consumidor información clara y transparente. En resumen, la regulación contempla:

  • Una base sobre la cual se calculará el contenido calórico de un producto.
  • La obligación de reportar en la etiqueta el contenido energético total del producto en el caso de bebidas saborizadas, chocolates, botanas y productos de confitería.
  • Establecimiento de horarios fijos en la televisión y el cine para limitar la publicidad de alimentos y bebidas que no cumplan con los estándares de calidad nutrimental.

Para conocer cada uno de los puntos que incluyen los lineamientos lo pueden hacer consultando la edición del 15 de abril de 2014 en http://www.dof.gob.mx.

Vía: Diario Oficial de la federación, Secretaría de salud.

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